Delegado de Protección de Datos (DPO o DPD)

El reglamento General de protección de datos introdujo en España la nueva figura del Delegado de Protección de Datos. El DPD tiene que realizar una triple función en las empresas asesor, auditor y mediador, debe asesorar a su empresa, supervisar su cumplimiento y atender las reclamaciones de los usuarios o de la Agencia Española de Protección de Datos.

Delegado de Protección de Datos (DPO o DPD)

El reglamento General de protección de datos introdujo en España la nueva figura del Delegado de Protección de Datos. El DPD tiene que realizar una triple función en las empresas asesor, auditor y mediador, debe asesorar a su empresa, supervisar su cumplimiento y atender las reclamaciones de los usuarios o de la Agencia Española de Protección de Datos.
La nueva ley orgánica de Protección de Datos

Este concepto jurídico detalla un amplio listado de todos los obligados a designar un DPD (Articulo 34). Ademas incluye varias remisiones a diferentes leyes sectoriales que amplían notablemente el numero de obligados.

Este reglamento afecta directamente a Pymes, Autónomos, Medianas y Grandes empresas ya que la nueva ley regula esta obligación de nombre un DPD en función del tipo de actividad que se realice sin importar el tamaño el numero de empleados o el volumen de facturación de cada empresa.

 

Listado completo de obligados por el GDPR

  • Colegios Profesionales
  • Centros docentes de todos los niveles,desde centros infantiles hasta las universidades.
  • Empresas de telecomunicaciones y otros prestadores de servicios de la sociedad de la información.
  • Entidades Bancarias y compañías de seguros.
  • Compañías de energía,electricidad y gas.
  • Responsables de ficheros de morosos.
  • Responsables de los ficheros regulados por la ley de prevención de blanqueo de capitales (Ley 10/2010) que a su vez afecta a multitud de sectores diversos.
  • Entidades de crédito,compañías de seguros y empresas de servicios de inversión.
  • Instituciones de inversión colectiva,sociedades de inversión,fondos de pensiones,sociedades de capital riesgo,sociedades de garantía reciproca.
  • Entidades de pago,dinero electrónico,cambio de moneda,servicios postales de giro o transferencia.Intermediarios en la concesión de prestamos o créditos.
  • Promotores inmobiliarios APIS y agencias inmobiliarias
  • Auditores de cuentas, contables externos y asesores fiscales.
  • Notarios y registradores.
  • Abogados procuradores u otros profesionales.
  • Casinos de juego.
  • Joyeros.
  • Galerías de arte y anticuarios.
  • Deposito, custodia o transporte de fondos o medios de pago.
  • Loterías y otros juegos de azar.
  • Fundaciones y asociaciones
  • Gestores de sistemas de pago y tarjetas de crédito.
  • Agencias de publicidad.
  • Centros sanitarios.
  • Entidades que realicen informes comerciales de personas físicas.
  • Operadores de juego online.
  • Empresas de seguridad privada.
  • Federaciones deportivas.